
El Consejo de Ministros aprobó el 27 de junio el real decreto-ley 5/2023 que se ha publicado en el BOE de 29/06/2023, que incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2023 de la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera. La bonificación sobre el gasóleo será, como hasta la fecha, de 10 céntimos hasta el 30 de septiembre y se reducirá a 5 céntimos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre. En el caso de los vehÃculos propulsados por gas, la bonificación será de 13 céntimos hasta septiembre y de 7 céntimos en el último trimestre del año, por medio de la ayuda directa.
VehÃculos inscritos en el gasóleo profesional
En el caso de las empresas que se benefician de la devolución del gasóleo profesional, la ayuda se abonará, como hasta el momento, al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional. Los que hayan solicitado la ayuda antes del 30 de junio, no tienen que volver a hacerlo.
VehÃculos que no pueden inscribirse en el gasóleo profesional
Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago. La bonificación en este caso se calcula estimando el consumo, por tipo de vehÃculo, en un periodo de seis meses: del 1 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023. AsÃ, teniendo en cuenta las diferentes cuantÃas fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehÃculo para todo el periodo son las siguientes:
Tipo de vehÃculo |
Importe |
MercancÃas pesado. Camión. MDPE con MMA
? 7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. |
1.845 |
MercancÃas pesado. MDPE con MMA?7,5 t,
tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. |
1.350 |
MercancÃas pesado. Camión. MDPE con
MMA<7,5 t. |
500 |
MercancÃas ligero. Furgoneta. MDLE. |
225 |
Fórmulas de actualización del precio del transporte en función de la fluctuación del carburante
A partir del 1 de julio las fórmulas de actualización vuelven a ser las que se aplicaban antes de Julio de 2022, es decir en los vehÃculos de más de 20 toneladas se multiplica por el coeficiente 0,3, en los vehÃculos entre 3,5 y 20 Tn se multiplica por 0,2 y en los vehÃculos hasta 3,5 Tn por 0,1. Pueden acceder a las fórmulas actualizadas en este enlace.