

El plazo para presentar la solicitud se abre el próximo 14 de febrero y estará abierta hasta el 31 de mayo de 2023.
La cuantía de la ayuda asciende a 5.000 euros y se podrá solicitar a partir del 14 de febrero. Las ayudas se dirigen a empresas que hayan realizado inversiones de al menos 600 euros en materia de transición ecológica o digital.
Las microempresas o autónomos que hayan realizado inversiones en transición ecológica o digital contarán con una ayuda para el mantenimiento del empleo. Lanbide, Servicio Vasco de Empleo, apoya con 5.000 euros inversiones de una cantidad mínima de 600 euros en transición ecológica o digital por parte de microempresas.
Podrán solicitar la ayuda los autónomos y microempresas de menos de 10 trabajadores que dispongan al menos de un centro de trabajo en la CAPV y que su volumen de negocio no sea superior a dos millones de euros.
Las inversiones por las que se podrán pedir las ayudas tendrán que haberse realizado entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de solicitud. El importe mínimo de la inversión, en cualquiera de las dos líneas subvencionables, es de 600 euros, IVA excluido. El importe de la ayuda será de 5.000 euros por microempresa o persona autónoma empresaria individual beneficiaria. Los beneficiarios solamente podrán recibir la subvención una única vez, y por una de las dos líneas de inversión del programa.
Inversiones admitidas para la transición ecológica
Los casos de las inversiones para la transición ecológica están circunscritas a la realización de obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro y eficiencia energética. Contempla la instalación de energías no contaminantes y renovables, el equipamiento energéticamente eficiente, los equipos de climatización eficientes, certificaciones medioambientales, vehículos eléctricos o híbridos enchufables, soluciones de economía circular o la implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad.
a) Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
b) Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
b) Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
c) Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
d) Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (Ahhh, Ahh y Ah, o equivalentes).
e) Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc.), comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida.
f) Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica. A estos efectos, únicamente se entenderán afectos directa y exclusivamente a la actividad, los siguientes:
- Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
- Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
- Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
- Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
- Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
- Los utilizados en servicios de vigilancia.
g) Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos.
h) Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.
Inversiones admitidas para la transición digital
La otra línea de ayuda hace referencia a la transición digital. La inversión, en este caso, se ha tenido que realizar en equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software, conectividad inalámbrica, implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización.
a) Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software.
b) Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica.
c) Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema TicketBAI-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc.
d) Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares).
Las convocatorias de ayudas destinadas a la financiación del Programa Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas tienen el objetivo de mantener el empleo en microempresas y personas trabajadoras autónomas, contribuyendo a su transición ecológica y digital en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Estas ayudas han sido aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide y serán financiadas por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Más información y trámites.
Contacto: 943502018; ayudaslanbide@camaragipuzkoa.com