
Tras la aprobación de las lÃneas generales del plan por parte del Gobierno Vasco de las que ya informamos en el boletÃn digital Nº 1456 del pasado 20 de marzo, el Consejo de Gobierno Vasco en su reunión de hoy ha aprobado una serie de medidas de las que se destacan las siguientes dirigidas a pymes y autónomos:
LÃnea de FINANCIACIÓN COVID-19 del IVF
INSTITUTO VASCO DE FINANZAS
Tlfno: 945019113
LÃnea de AYUDAS para autónomos y empresarios/as individuales (LANBIDE)
LÃnea de FINANCIACIÓN COVID-19 del IVF
LÃnea de financiación urgente de 25 millones de euros de préstamos directos para apoyar a autónomos y pymes, a interés 0% y gestionadas través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF). Esta herramienta es una medida "puente", hasta tener lista la lÃnea de financiación de circulante de 500 millones de euros contemplada por el ejecutivo vasco en colaboración con ELKARGI y las entidades bancarias que operan aquÃ.
La LÃnea COVID19 del IVF podrá dedicarse a cubrir los gastos fijos de estructura equivalentes a seis meses de funcionamiento ordinario de la empresa, si bien es cierto que de este importe deberán deducirse todas aquellas facilidades de liquidez o coste transitorias o temporales a las que se acojan (por ejemplo, aplazamientos de las Haciendas Forales, reducción de los costes laborales por ERTES u otras deducciones aplicables).
Las condiciones de los préstamos son:
- Importe mÃnimo: 5.000 euros autónomos y 50.000 euros PYMES.
- Importe máximo: 50.000 euros autónomos y 1.000.000 euros PYMES.
- Tipo de interés: Coste 0% (el IVF subvenciona el Euribor +0,50% anual).
- Plazo de financiación: Máximo de 5 años.
- Carencia: Hasta 12 meses.
- Cuotas: Trimestrales.
Las condiciones de acceso son:
- Ejercer actividad económica en la CAV, con domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAV
- Tener la calificación de PYME.
- No tener deudas vencidas con el IVF o ELKARGI.
- Estar al corriente en los pagos por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Asà mismo, en las solicitudes se deberá presentar una breve descripción de la afectación de la emergencia sanitaria en la actividad y las necesidades de financiación que tienen.
Más información:
INSTITUTO VASCO DE FINANZAS
Tlfno: 945019113
info@ivf-fei.eus
ELKARGI, www.elkargionline.com
- GIPUZKOA: 943309060 comercialgipuzkoa@elkargi.es
- BIZKAIA: 944238228 comercialbizkaia@elkargi.es
- ARABA 945231212 comercialaraba@elkargi.es
El Consejo de Gobierno también ha dado hoy luz verde a un nuevo programa de Lanbide ? Servicio Vasco de Empleo de ayudas de carácter excepcional para empresarios/as individuales y autónomos/as. Esta lÃnea subvencionará gastos como los de cotización a la Seguridad Social y rentas de alquiler, con un máximo de 3.000 euros por persona.
Los conceptos subvencionables son:
- Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).
- Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona fÃsica o jurÃdica que actúe como arrendador/a.
Podrán beneficiarse de esta lÃnea de ayudas: (Siempre que estén empadronados y tengan la residencia efectiva en la CAE y tengan domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAV y radique en la misma el centro de trabajo):
- Las empresarias o empresarios y profesionales individuale.
- Las socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a tÃtulo personal.
Más información en
www.lanbide.euskadi.eus